Son aquellos que conllevan riesgo potencial al ser humano o al ambiente, por poseer cualquiera de las siguientes  características: corrosividad,  explosividad,  inflamabilidad,  patogenicidad,  radiactividad, reactividad y toxicidad, incluyendo los envases que los hubiesen contenido (Glosario Ley 755).

Se entiende por emergencia ambiental cuando exista riesgo de peligro inminente o impacto ambiental severo, sobre el medio ambiente y la salud humana, determinado mediante inspección in situ (parag. 5, art 2, D.S. 28499).