Uso doméstico
Toda recolección o producción destinada a la satisfacción de las necesidades básicas de la respectiva unidad doméstica o asentamiento humano (parag. 11 núm. 2 art. 1, reglamento de Ley 1700).
Toda recolección o producción destinada a la satisfacción de las necesidades básicas de la respectiva unidad doméstica o asentamiento humano (parag. 11 núm. 2 art. 1, reglamento de Ley 1700).
Etapa de la gestión operativa mediante el cual los residuos son trasladados desde los puntos de recolección hasta las instalaciones de tratamiento o disposición final, con la frecuencia y equipos necesarios (Glosario Ley 755).
Operación de segregación o clasificación de las diferentes tipologías o fracción de residuos en el lugar dónde estos son generados con la finalidad de facilitar su recolección diferenciada y garantizar posteriormente su aprovechamiento de calidad (Glosario Ley 755).
Operación de recolección de residuos que se realiza en forma separada para cada tipo de residuos según sus características y naturaleza, con el objetivo de facilitar su tratamiento específico (Glosario Ley 755).
Recolección, almacenamiento, transporte y disposición de suelos, vegetación, desechos sólidos, líquidos, gaseosos o sustancias peligrosas (inc. b, Anexo 1 D.S. 24335).
La recolección, transporte, tratamiento y eliminación de residuos, con el objetivo de reducir su impacto en la salud humana y el medio ambiente” (United Nations Environment Programme (UNEP), 2022, p. 19).
Es el servicio de limpieza consistente en almacenamiento, barrido, recolección, transporte, transferencia, tratamiento y disposición final de los residuos bajo normas técnicas, en los asentamientos humanos (parág. 7 inc. b. art. 9 de Reglamento de Gestión de Residuos Sólidos).
Etapa de la gestión operativa de los residuos en la que los residuos son contenidos en un recipiente de forma temporal hasta su entrega al servicio de recolección para su posterior tratamiento o disposición final (Glosario Ley 755).