Emergencia Ambiental
Se entiende por emergencia ambiental cuando exista riesgo de peligro inminente o impacto ambiental severo, sobre el medio ambiente y la salud humana, determinado mediante inspección in situ (parag. 5, art 2, D.S. 28499).
Se entiende por emergencia ambiental cuando exista riesgo de peligro inminente o impacto ambiental severo, sobre el medio ambiente y la salud humana, determinado mediante inspección in situ (parag. 5, art 2, D.S. 28499).
Situación que se da ante la presencia real o inminente de un peligro natural o antrópico que pueda poner en riesgo la normalidad de la vida, en un territorio determinado, o la salud o vida de las personas que lo …
Se entiende como la acción de asistir a las personas que se encuentran en peligro o que hayan sido afectados por un fenómeno adverso de origen natural, socio-natural o antrópico, siendo necesaria la aplicación de acciones de preparación, alerta, respuesta …
Para el caso de Auditorías Ambientales por contingencia o peligro inminente, área de estudio se define como el espacio donde acontecen o pueden ocurrir los impactos ambientales negativos y las áreas donde alcanzan sus efectos en el medio ambiente y …
Área de Estudio por Contingencia y por Peligro Inminente Leer más »
Documento relativo al proceso de identificación del peligro y estimación del riesgo que puede formar parte del EElA y del MA. En adición a los aspectos cualitativos de identificación del peligro, el análisis de riesgo incluye una descripción cuantitativa del …