Pausa Ecológica

Medida excepcional ejercida por los Gobiernos Municipales, autoridades Departamentales o Nacionales para detener las actividades de aprovechamiento y explotación de áridos y agregados por el lapso de tiempo necesario, a objeto de prevenir o resarcir daños ambientales que se hayan producido o puedan producirse en un futuro inmediato (inc.  u, art. 3 D.S. 0091).