Contrato de riesgo compartido

Contrato que celebra con terceros el titular del derecho forestal para el desarrollo de una actividad determinada de su giro empresarial, previendo la participación de las partes en los aportes, la gestión, los riesgos y beneficios, así como el plazo y demás condiciones relevantes (núm. II art. 1 Reglamento de la Ley 1700).