Residuos industriales
Son los residuos que se generan en actividades productivas, cualquiera sea su grado de peligrosidad (Glosario Ley 755).
Son los residuos que se generan en actividades productivas, cualquiera sea su grado de peligrosidad (Glosario Ley 755).
Son aquellos que si bien son generados en actividades productivas, por sus características pueden ser gestionados conjuntamente con los residuos domiciliarios. (Glosario Ley 755)
Son los residuos sólidos producidos como resultado de la crianza de ganado (parág. 45 inc. b. art. 9 de Reglamento de Gestión de Residuos Sólidos).
Son los residuos provenientes de la explotación de especies maderables y de jardinería (parág. 44 inc. b. art. 9 de Reglamento de Gestión de Residuos Sólidos).
Son aquellos que por sus características de volumen y composición requieren de una gestión especial para cada tipo de residuo (Glosario Ley 755).
Son residuos sólidos producto de la actividad doméstica, que son adecuados por su tamaño para ser recogidos por los servicios municipales convencionales (parág. 42 inc. b. art. 9 de Reglamento de Gestión de Residuos Sólidos).
Son los residuos sólidos procedentes de la actividad de limpieza de los espacios de convivencia y uso general de la población (parág. 41 inc. b. art. 9 de Reglamento de Gestión de Residuos Sólidos).
Son los aparatos eléctricos o electrónicos en el momento en que se desechan o descartan. Este término comprende todos aquellos componentes, consumibles y subconjuntos que forman parte del producto en el momento en que se desecha (Glosario Ley 755).
Son los generados en las distintas actividades de comercio y de prestación de servicios; incluyen los residuos sólidos de instituciones públicas y privadas (parág. 40 inc. b. art. 9 de Reglamento de Gestión de Residuos Sólidos).
Son materiales que pueden ser trasformados por microorganismos (parág. 39 inc. b. art. 9 de Reglamento de Gestión de Residuos Sólidos).