Tierras Sujetas a Autorización para Desmonte y Quema
Son aquellas que se encuentran definidas en el artículo 16 de la Ley Forestal No. 1700 y el Artículo 49 de su Reglamento General como tierras con cobertura boscosa aptas para diversos usos, acorde al plan de ordenamiento predial (Glosario – Decreto Departamental N° 451).


